Abogados de lo Familiar. Ciudad de México

Testamentos y sucesiones en CDMX: testamento, herencia y juicio sucesorio (2026)

§ La respuesta

La sucesión en CDMX es la transmisión de los bienes de una persona fallecida a sus herederos. Si dejó testamento, la vía es testamentaria; si no, es intestamentaria y la ley fija el orden de herederos. El trámite puede seguirse ante notario o ante juez, según haya o no controversia.

Árbol de decisión: tu situación y la página que la resuelve
Si tu situación es…VíaPágina que la resuelve
Quiero dejar mis bienes en ordenHacer testamentoCómo hacer un testamento
No sé qué tipo de testamento elegirComparar tiposTipos de testamento
Falleció un familiar y sí dejó testamentoSucesorio testamentarioJuicio sucesorio testamentario
Falleció un familiar y no dejó testamentoSucesorio intestamentarioJuicio sucesorio intestamentario
Soy heredero y quiero recibir lo míoCobrar la herenciaCómo cobrar una herencia
Creo que el testamento es inválidoImpugnar o anularImpugnar o anular un testamento

La sucesión en la Ciudad de México es la transmisión de los bienes de una persona fallecida a sus herederos. Si la persona dejó testamento, la vía es testamentaria; si no lo dejó, es intestamentaria y la ley fija el orden de herederos. El trámite puede seguirse ante notario o ante juez de lo familiar, según haya o no controversia. Todo se rige por el Código Civil sustantivo y, en lo procesal, por el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF) vigente ({{VERIFICAR: fecha de entrada en vigor del CNPCF en materia sucesoria en CDMX}}).

Esta página es el índice del tema: distingue las entidades que la gente suele confundir —testar, heredar, el juicio sucesorio y cobrar la herencia— y te lleva a la página exacta para tu caso.

¿Qué es una sucesión y qué diferencia hay con el testamento?

Son cosas distintas. El testamento es el acto por el que una persona decide, en vida, quién recibirá sus bienes. La sucesión es la transmisión de ese patrimonio a la muerte y el trámite para adjudicarlo. Puede haber sucesión sin testamento: entonces la ley decide quién hereda (sucesión legítima o intestamentaria).

Mantener claras estas piezas evita errores caros. “Hacer testamento” es prevenir; “juicio sucesorio” es el procedimiento tras el fallecimiento; “cobrar la herencia” es el tramo final en que el heredero recibe y escritura lo suyo. Cada una tiene su propia página: cómo hacer un testamento, el juicio sucesorio y cómo cobrar una herencia.

¿Conviene hacer testamento o dejar que sea intestamentaria?

Desde la perspectiva de quien planea, hacer testamento ahorra a la familia un juicio más largo y caro: se sabe quién es heredero y quién es albacea, y se evita disputa. Desde la perspectiva de la familia que ya perdió a alguien sin testamento, no todo está perdido: la ley protege a los parientes más cercanos mediante el orden de herederos, aunque el camino sea el sucesorio intestamentario.

En los casos que llevamos en CDMX, la mayoría de las familias que llegan después del fallecimiento sin testamento coinciden en lo mismo: habría sido mucho más simple y barato con un testamento. Por eso el testamento es la página-clave del silo.

¿Ante notario o ante juez? El juicio sucesorio

El trámite sucesorio tiene dos caminos. Ante notario cuando todos los herederos están de acuerdo, son mayores de edad y no hay controversia; suele ser más ágil. Ante juez —el juicio sucesorio— cuando hay desacuerdo, herederos menores o incapaces, o falta localizar a alguien.

A su vez, el juicio se divide según haya o no testamento: el juicio sucesorio testamentario parte del testamento; el intestamentario debe primero declarar quiénes son los herederos. Ubica tu caso en el árbol de decisión de arriba.

¿Cómo se cobra o se recibe una herencia?

Recibir una herencia no es automático: hay que aceptarla, que se reconozca al heredero y que el albacea entregue los bienes, escriturando a nombre del heredero los que estaban a nombre del difunto. Ese tramo final está en cómo cobrar una herencia, y quien conduce el trámite es el albacea. Si el testamento tiene vicios, se puede impugnar o anular.

Guía por tema: testar, heredar, litigar y cobrar

Cada tema tiene su página. Para planear: cómo hacer un testamento y tipos de testamento. Para saber si existe uno: cómo saber si hay testamento. Para el trámite tras el fallecimiento: juicio sucesorio y qué pasa si no hay testamento. Para cobrar y cerrar: cómo cobrar una herencia.

Si además hay pareja de hecho, revisa cómo hereda el concubino en herencia y pensión post mortem del concubinato; si hubo matrimonio, el régimen de bienes influye en qué entra a la herencia; y para el acta de defunción, revisa rectificación de actas de matrimonio y defunción.

Un consejo que damos a casi todas las familias que nos consultan: define primero dónde estás parado. Si la persona aún vive y quieres ordenar su patrimonio, el camino es hacer testamento. Si ya falleció, el primer movimiento es saber si dejó testamento, porque de ese dato depende todo lo demás: con testamento vas al sucesorio testamentario; sin él, al intestamentario. Equivocarse de puerta al inicio es lo que más tiempo y dinero cuesta después. Si quieres que te orientemos sobre tu caso, escríbenos por WhatsApp al {{WHATSAPP}} o llama al {{TEL_MX}}.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre testamento y sucesión?

El testamento es el documento en el que una persona decide, en vida, quién recibirá sus bienes cuando fallezca. La sucesión es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que se transmiten a la muerte y el trámite legal para adjudicarlos. Puede haber sucesión sin testamento: en ese caso la ley decide quiénes heredan.

¿La sucesión se tramita ante notario o ante un juez?

Depende. Cuando todos los herederos están de acuerdo, son mayores de edad y no hay controversia, la sucesión puede tramitarse ante notario, que suele ser más ágil. Cuando hay desacuerdo, herederos menores o incapaces, o no aparecen todos, la vía es el juicio sucesorio ante el juez de lo familiar.

¿Por dónde empiezo si falleció un familiar?

El primer paso es saber si dejó testamento (se consulta en el Registro Nacional de Avisos de Testamento) y reunir el acta de defunción y las actas que acrediten el parentesco. Con eso se define si el trámite es testamentario o intestamentario y si conviene la vía notarial o el juicio.

Retrato de la abogada familiarista del despacho de la Ciudad de México
Escrito y revisado por {{ABOGADO_NOMBRE}} Verificado Cédula profesional {{ABOGADO_CEDULA}} · Abogado familiarista

Despacho Abogados de lo Familiar en Ciudad de México, CDMX. Última actualización: .

Manos firmando un testamento ante notario — testamentos y sucesiones en CDMX
Nuestro despacho en la Ciudad de México
Valoración sin costo

Cuéntanos tu caso

Un abogado familiarista revisa tu situación y te dice qué esperar. Respuesta el mismo día.

Tus datos son confidenciales. No los compartimos.

Abogada familiarista que atiende la consulta {{ABOGADO_NOMBRE}}Te responde una abogada titulada, no un bot.

¿Prefieres hablar ahora?Atención de lunes a sábado, 9:00–19:00

{{TEL_MX}}Llamada directa Orientación legal IARespuesta inmediata, gratis
WhatsApp Cuéntanos tu caso