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Orden de protección por violencia familiar en CDMX: tipos y cómo pedirla (2026)

§ La respuesta

Una orden de protección es una medida cautelar urgente que dicta la autoridad para resguardar a la víctima de violencia familiar, por ejemplo separando al agresor del domicilio o prohibiéndole acercarse. En la Ciudad de México las de emergencia y preventivas se otorgan de inmediato y no requieren juicio previo.

Tipos de orden de protección por violencia familiar
TipoQué lograQuién la dicta
De emergenciaSepara al agresor, prohíbe acercarse, resguarda a la víctimaAutoridad de forma inmediata
PreventivasRetiro de armas, resguardo de bienes, custodia de menoresAutoridad tras valorar el riesgo
Civiles / de naturaleza familiarUso de la vivienda, pensión provisional, guardaJuez de lo familiar

Una orden de protección es una medida cautelar urgente que dicta la autoridad para resguardar a la víctima de violencia familiar, por ejemplo separando al agresor del domicilio o prohibiéndole acercarse. En la Ciudad de México las de emergencia y preventivas se otorgan de inmediato y no requieren juicio previo: basta el riesgo y la solicitud. Es la herramienta más rápida para proteger a una persona y a sus hijos ({{VERIFICAR: catálogo y regulación vigente de las órdenes de protección aplicable en la CDMX}}).

Si estás en peligro ahora, llama al 911. En la CDMX también puedes marcar la Línea Mujeres de LOCATEL para orientación y auxilio ({{VERIFICAR: número vigente de la Línea Mujeres / LOCATEL en la CDMX}}). No esperes a reunir pruebas para pedir ayuda: la protección va primero.

¿Qué es una orden de protección?

Es una medida cautelar —no una sentencia— cuyo único fin es frenar el riesgo de inmediato, antes y durante cualquier proceso. Por eso se dicta rápido y con un estándar flexible: la autoridad no necesita tener el caso probado, sino valorar que existe peligro. Puede ordenar, entre otras cosas, que el agresor salga del domicilio, que no se acerque a la víctima ni a sus hijos, que entregue armas o que se resguarden bienes y menores.

Desde la perspectiva de la víctima, la orden compra el tiempo más peligroso —el que sigue a la denuncia o la ruptura— sin esperar meses de juicio. Desde la perspectiva jurídica, es un puente entre el auxilio inmediato y el proceso de fondo (penal o familiar).

¿Qué tipos de orden de protección existen?

Se distinguen principalmente tres tipos, según su urgencia y quién las dicta.

Tipos de orden de protección por violencia familiar
TipoQué lograQuién la dicta
De emergenciaSepara al agresor, prohíbe acercarse, resguarda a la víctimaAutoridad de forma inmediata
PreventivasRetiro de armas, resguardo de bienes, custodia de menoresAutoridad tras valorar el riesgo
Civiles / de naturaleza familiarUso de la vivienda, pensión provisional, guardaJuez de lo familiar

Las de emergencia son las más inmediatas; las preventivas añaden medidas para reducir el riesgo; y las civiles o de naturaleza familiar las dicta el juez de lo familiar y pueden incluir el uso de la vivienda, una pensión provisional o la guarda de los menores, enlazando con el juicio familiar ({{VERIFICAR: denominación exacta y contenido de cada tipo de orden de protección en la normativa vigente de la CDMX}}).

¿Cómo y dónde se pide una orden de protección?

Puedes pedirla en varios lugares, y conviene hacerlo en el más cercano y rápido según tu situación:

  1. Al denunciar ante el Ministerio Público (ver cómo denunciar).
  2. En un Centro de Justicia para las Mujeres, donde te asisten en un solo lugar.
  3. Ante el juez de lo familiar, sobre todo para las medidas de naturaleza familiar.
  4. A través del 911 si necesitas auxilio inmediato para después formalizarla.

No necesitas abogado ni juicio previo para las de emergencia: el riesgo basta. Aun así, plantear bien qué medidas pides —y sostenerlas con lo que tengas— ayuda a que se otorguen y se mantengan ({{VERIFICAR: procedimiento y autoridades competentes para solicitar cada tipo de orden en la CDMX}}).

¿Cuánto tarda y cuánto dura una orden de protección?

Tarda muy poco: las de emergencia se dictan de inmediato, en cuanto se valora el riesgo. En cuanto a la duración, la ley fija un plazo determinado, y la orden puede prorrogarse o sustituirse por medidas dentro de un juicio familiar mientras el peligro persista. La lógica es que la protección no caduque justo cuando el riesgo sigue vivo ({{VERIFICAR: plazos de duración y prórroga de las órdenes de protección en la CDMX}}). Si tu caso avanza a un proceso, esas medidas pueden continuar dentro del juicio de violencia familiar.

¿Qué pasa si el agresor no respeta la orden?

Incumplir una orden de protección es grave. Puede motivar la detención del agresor, el uso de la fuerza pública para hacerla cumplir y consecuencias penales, además de agravar el delito de violencia familiar. Si el agresor la incumple —se acerca, regresa al domicilio, amenaza—, repórtalo de inmediato al 911 y a la autoridad que la dictó, y documenta cada incumplimiento ({{VERIFICAR: sanciones por incumplimiento de la orden de protección en la CDMX}}).

En los casos que acompañamos en CDMX, la orden funciona mejor cuando la víctima guarda copia de la resolución, la comparte con vecinos o su escuela/trabajo de confianza, y reporta cualquier violación sin dejarla pasar. Si además el agresor deja de pagar lo que corresponde a los hijos, revisa incumplimiento y cobro de pensión y cómo la violencia impacta la custodia. Para pedir tu orden y proteger a tus hijos correctamente, escríbenos por WhatsApp al {{WHATSAPP}} o llama al {{TEL_MX}}.

Preguntas frecuentes

¿Cómo pido una orden de protección de emergencia?

Puedes pedirla al denunciar ante el Ministerio Público o en un Centro de Justicia para las Mujeres, y también ante el juez de lo familiar. No necesitas un juicio previo ni acreditar todo desde el inicio: basta el riesgo y tu declaración. Las de emergencia se dictan de inmediato para separar al agresor o prohibirle acercarse. {{VERIFICAR: autoridades facultadas para dictar órdenes de protección y su procedimiento en la CDMX}}.

¿Cuánto dura una orden de protección?

Las órdenes de protección tienen una duración determinada por la ley y pueden prorrogarse o sustituirse por medidas dentro de un juicio familiar mientras persista el riesgo. Las de emergencia son las más breves e inmediatas; las de naturaleza familiar pueden extenderse dentro del proceso. {{VERIFICAR: duración y prórroga de las órdenes de protección conforme a la normativa vigente en la CDMX}}.

¿Qué pasa si el agresor no respeta la orden de protección?

Incumplir una orden de protección es una conducta grave que puede derivar en su detención, en el uso de la fuerza pública para hacerla cumplir y en consecuencias penales, incluyendo agravar el delito de violencia familiar. Si el agresor la incumple, repórtalo de inmediato al 911 y a la autoridad que la dictó. {{VERIFICAR: consecuencias legales por incumplir una orden de protección en la CDMX}}.

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